EL ESTADO GARANTE DE LA INCLUSION EDUCATIVA

Implicaciones para la política pública

Para garantizar esta disposición, el Estado deberá revisar toda la legislación, todas las políticas y todas las prácticas para:
  • Orientar las asignaciones presupuestarias hacia un aumento gradual de los créditos dedicados a la educación y a una mejora progresiva de la calidad de la educación.
  • Asegurar que las políticas de educación lleven a un progreso hacia el acceso de todos los niños al mayor número posible de oportunidades educativas (hasta los 18 años). Establecer un plazo para hacer realidad dicha política
  • Adoptar mecanismos para evaluar la efectividad de la educación que se proporciona, teniendo en cuenta las posibilidades y resultados de todos los niños sujetos a la jurisdicción del Estado.
  • Adoptar medidas activas para asegurar que todos los niños tengan las mismas oportunidades educativas, incluyendo:  
    • las niñas
    • los niños de zonas rurales
    • los niños de las culturas minoritarias
    • los niños con capacidades diferentes
    • los niños enfermos, incluidos los hospitalizados
    • los niños emigrantes y refugiados
    • los niños que viven lejos de sus familias
    • los niños nómadas o gitanos o los niños que viven en viviendas precarias
    • los niños excluidos de la escuela
    • los niños privados de libertad, cualquiera que sea la forma de detención
  • Hacer obligatoria y gratuita la enseñanza para todos los niños. Hacer gratuitos todos los elementos de esta enseñanza: libros, material, uniforme, entre otros.
  • Hacer disponible para todo niño las diferentes formas de enseñanza secundaria, incluidas la enseñanza general y la formación profesional. Adoptar medidas para hacer gratuitas estas formas de enseñanza o mejorar el acceso de todo niño, por ejemplo ofreciendo ayuda financiera a aquellos que la necesiten.
  • Homologar la edad legal de finalización de la enseñanza obligatoria con la edad de admisión al empleo y adoptar medidas para que esta no sea inferior a los 15 años.
  • Garantizar el acceso de todos los niños a la enseñanza superior sobre la base de su capacidad.
  • Brindar información y orientación profesional y educativa en forma accesible para todos los niños.
  • Adoptar medidas para promover la asistencia a la escuela y evitar la deserción escolar, que tomen en cuenta:

    • Las circunstancias familiares del niño (como, por ejemplo, la necesidad de asegurar unos ingresos, ayudar en las tareas domésticas o trabajar en la época de cosecha)
    • El emplazamiento geográfico apropiado de las escuelas y sus horas y períodos de apertura
    • La pertinencia del programa de estudios para la vida del niño y la organización de la formación profesional.
    • La pertinencia del programa de estudios para el desarrollo intelectual del niño.
    • El primer idioma del niño.
    • Cualquier necesidad especial del niño (como por ejemplo la discapacidad, la enfermedad o el embarazo)
    • El respeto a las tradiciones culturales o religiosas y a las diferencias entre niños y niñas.
    • Las opiniones del niño.
    • La dignidad del niño.
    • La identificación de las dificultades de aprendizaje y la ayuda proporcionada para evitar el fracaso en los exámenes o la repetición forzosa de determinados cursos o clases.
    • La necesidad de asociar a la comunidad local a la enseñanza, y la necesidad de que las escuelas participen en la vida de la comunidad
    • La efectividad de la contratación y la formación de los enseñantes para evitar la defección escolar.

  • Adoptar medidas apropiadas para asegurar que todas las formas de disciplina escolar sean compatibles con la dignidad del niño en cuanto a ser humano:
    • Prohibir legalmente el castigo corporal en todas las escuelas
    • Asegurarse que nunca se utiliza el castigo corporal.
    • Garantizar que todas las formas de disciplina escolar cumplan con la  convención, incluso con el derecho del niño a:
      • No ser discriminado y ser tratado en forma coherente con la evolución de sus capacidades
      • Mantener contacto directo con ambos padres (salvo si ello es contrario al interés superior del niño)
      • La libertad de expresión, pensamiento, conciencia y religión. Su identidad, su cultura e idioma.
      • La libertad de asociación (salvo las restricciones necesarias para proteger los derechos y las libertades de los demás).
      • La vida privada y la protección contra todo perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación.
      • El descanso y el esparcimiento
      • La integración y reintegración sociales.

  • Pedir o asignar un nivel apropiado de ayuda al desarrollo destinado a los programas educativos, que incluyan:
    • Métodos de formación de enseñantes.
    • Acceso al conocimiento científico y técnico.